ESTATUTO

de los Grupos de Oración del "Padre Pío"

Prólogo

Los Grupos de Oración surgieron gracias a la intuición del Padre Pío de Pietrelcina, en vista de las necesidades espirituales de nuestra época. El propósito de ellos es cooperar en la realización del Reino de Dios, según las enseñanzas de Jesús, quien reiteradamente ha insistido en la necesidad de la Oración y nos ha indicado el modo.

 Los Grupos desean obrar obedeciendo a las repetidas invitaciones que, en tal sentido, han sido formuladas por los Sumos Pontífices y por la Jerarquía Eclesiástica, según la tradición expresada admirablemente por los Concilios Ecuménicos y especialmente por el Concilio Vaticano II.

Los Grupos se proponen seguir los principios generales de la espiritualidad franciscana del Padre Pío:

•  Plena e incondicional adhesión a la doctrina de la Iglesia Católica, guiada por el Papa y por los Obispos.

•  Obediencia al Papa y a los Obispos, cuyo portavoz, dentro del Grupo, es el Sacerdote Director Espiritual, nombrado por el Obispo.

•  Oración con la Iglesia, por la Iglesia y en la Iglesia, con la Participación activa en la vida litúrgica y sacramental, vivida como vértice de la íntima comunión con Dios.

•  Reparación a través de la participación de los sufrimientos de Cristo, según las enseñanzas de San Pablo.

•  Caridad activa e laboriosa en el alivio de los que sufren y de los necesitados, como actuación práctica de la caridad hacia Dios.

Sede

  Art. 1 _ Se constituye la Asociación Internacional de los Grupos de Oración, cuya actividad se desarrollará de acuerdo a las normas del presente Estatuto, y que tiene su Centro Espiritual y su Sede en la Fundación "Casa Alivio del Sufrimiento"- Obra del Padre Pío de Pietrelcina- en San Giovanni Rotondo, provincia de Foggia, Italia. La Asociación Internacional de los Grupos de Oración se somete a la vigilancia de la Santa Sede.

Los Grupos de Oración

  Art. 2 _ Los Grupos de Oración están constituidos por fieles que se proponen poner en práctica la invitación de Jesucristo a la oración, confirmada por los Sumos Pontífices; son establecidos en una Iglesia o en un oratorio por el Ordinario del lugar o, por lo menos, por él aprobados, y allí se reúnen periódicamente, bajo la guía del Director Espiritual, para rezar y para invitar a otras personas a la oración, en comunión con la Jerarquía Eclesiástica y de acuerdo con las orientaciones espirituales indicadas por el Padre Pío de Pietrelcina.

Los miembros de los Grupos cuidarán con esmero la propia formación espiritual, asistiendo a las reuniones dedicadas a profundizar la doctrina católica y llevarán a cabo el apostolado promoviendo iniciativas particulares de evangelización, en plena adhesión y realización de la acción pastoral de la Iglesia particular y local.

Art. 3 _ Pueden ser miembros de los Grupos de Oración tanto los laicos como los sacerdotes y los religiosos. Los nombres de los miembros deben ser inscriptos por el Director Espiritual del Grupo en el relativo Registro.

El Director Espiritual

  Art. 12 _ Cada Grupo de Oración tiene un Director Espiritual, que es un Sacerdote nombrado por el Ordinario Diocesano.

El se ocupa de la formación y de la instrucción religiosa de los adherentes, mediante las enseñanzas apropiadas, retiros o cursos de ejercicios espirituales y otras iniciativas.

Normalmente los ritos litúrgicos y las funciones sagradas promovidas por el Grupo serán presididas por el Director Espiritual, de acuerdo con el Párroco o el Rector de la Iglesia.

Actividades de los Grupos de Oración

  Art. 14 _ Cada Grupo normalmente tendrá una reunión mensual, en la cual será celebrada una Santa Misa con oportuna homilía, precedida o seguida por otras oraciones, en particular modo por la liturgia de las horas y por el Santo Rosario.

Podrán Organizarse cursos de ejercicios espirituales, retiros, jornadas de espiritualidad y otras obras de piedad, según las oportunidades y de conformidad con las disposiciones de la Autoridad Eclesiástica competente.

Art. 15 _ A los Grupos de Oración se encomiendan las siguientes intenciones generales: La Iglesia, el Papa, los Obispos, las Vocaciones Eclesiásticas y Religiosas, la santificación del Clero, el fervor de la vida cristiana, la conversión de los pecadores y de los ateos, los enfermos, especialmente los incurables, los ancianos y otras intenciones relativas a las necesidades contingentes de la Iglesia y de la Sociedad.

Art. 16 _ Los adherentes a los Grupos se dedicarán a la oración de reparación y, siguiendo la enseñanza del apóstol Pablo, ofrecerán sus sufrimientos participando de la Pasión de Cristo, Redentor del mundo.

A fin de que las oraciones sean más gratas a Dios, los miembros de los Grupos de Oración efectuarán obras de penitencia y de reparación y tratarán de ser un ejemplo en la aceptación de los sufrimientos y de los sacrificios inherentes al propio estado y a la práctica sincera de la vida cristiana.

En particular se dedicarán a las obras de caridad, especialmente con los enfermos, los ancianos y los segregados.